EMPRESAS

COBERTURAS OBLIGATORIAS PARA EMPLEADORES 
Riesgos del trabajo (A.R.T.)
Al momento de iniciar una relación laboral, el empleador se compromete a cumplir una serie obligaciones que le imponen las leyes de la seguridad social en nuestro país.
Dependiendo el tipo de actividad que vaya a desarrollar serán las obligaciones patronales que deba contratar.
Riesgos del trabajo (A.R.T.)
En nuestro país y desde el año 1995 entró en vigencia la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, la cual establece que todas las empresas deben contratar un seguro integral de accidentes del trabajo, pasando a ser obligatorio para todo empleador contratar los servicios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
En WAYEG asesoramos a todo empleador para que pueda seleccionar la compañía y la cobertura de acuerdo a las necesidades de la empresa.

¿Quiénes deben tener ART?
Las personas comprendidas obligatoriamente son:
- Trabajadores en relación de dependencia de la actividad privada.
- Funcionarios y empleados de la administración nacional, de las administraciones provinciales y de las municipalidades.
- Personas obligadas a prestar un servicio de carga pública.
- Los trabajadores domésticos que prestan servicios en relación de dependencia.
- Los trabajadores autónomos.
- Los trabajadores vinculados por relaciones no laborales, los que incluyen los vínculos regulados por el sistema de pasantías.
Principales funciones que cumplen las ART
La principal función que cumplen este tipo de aseguradoras es el de asesorar a las empresas privadas en materia de prevención para evitar accidentes en las actividades de los trabajadores.
A su vez, brindan prestaciones tanto médicas como económicas a los empleados en caso sufrir un accidente de trabajo o enfermedad profesional.